Ampliación del plazo para determinadas liquidaciones tributarias
Para los contribuyentes que se ven afectados por el nuevo plazo de presentación hasta el 20 de mayo, el plazo para presentar modelos domiciliados queda fijado en el 15 de mayo.
IMPORTANTE: a pymes y autónomos con un volumen de negocio inferior a 600.000 euros en 2019, aunque ya hayan presentado sus declaraciones fiscales, éstas les serán cargadas en su cuenta bancaria el mismo 20 de mayo, es decir, un mes después de lo inicialmente previsto.
Otras medidas que se llegaron a escuchar, como la opción de renunciar a la tributación objetiva o por módulos; o la posibilidad de cambiar el sistema de cálculo del pago fraccionado en el Impuesto sobre Sociedades NO han sido aprobadas por el Gobierno, por lo que no podemos contar con ellas. Entendemos, por tanto, que hay un margen notable de mejora en muchas de las medidas que se están tomando y, sobre todo, que para ampliar este plazo de presentación de liquidaciones nunca fue necesario esperar hasta el 15 de abril. Nuestro ya mermado tejido empresarial necesita poder manejar algunas certezas, aun en un escenario tan complejo y cambiante como el actual.