Criptomonedas y modelo 720.
Con el mes de febrero, vuelve a abrirse el plazo de presentación del modelo 720 que se extenderá hasta el próximo 31 de marzo. Se trata de una declaración meramente informativa en la que los contribuyentes informan de los bienes que poseen situados en el extranjero a partir de un valor de 50.000€. Una vez presentada la declaración en un ejercicio, a futuro habría que hacerla de nuevo únicamente en caso de modificación sustancial del patrimonio –o de su valoración- situado en el extranjero.
Una de las dudas que se plantean ahora que toca presentar el impreso correspondiente al ejercicio 2020 es qué hacer con las carteras de criptomonedas. En ese sentido, la clave residirá en la ubicación donde se depositan esas criptomonedas o claves criptográficas, de tal suerte que si se localizan fuera de España sí que habría que tenerlas en consideración para el modelo 720. Merece la pena no olvidar que el régimen sancionador previsto para este modelo, por más que esté discutido y por más que pueda decaer en breve, es directamente aterrador por desproporcionado.