Plan de actuación para regularizar la situación de las empleadas/os de hogar
La Inspección de Trabajo está enviado cartas a los empleadores de hogar que figuran en sus bases de datos con el fin de actualizar y corregir la actual situación de empleadas/os de hogar afectadas/os por la precariedad, con sueldos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional para jornada completa de 950 euros/mes en 14 pagas (1.108,33€/mes con prorrateo de pagas extras), y para jornada por horas con un salario mínimo de 7,43 euros/hora. A estos efectos no se computarán las retribuciones en especie como pueden ser las comidas, la pernoctación, etc.
En los casos afectados será necesario que los empleadores declaren ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), antes del 31 de marzo, el actual salario real desde el 1 de enero de 2021. Dicho salario no puede ser inferior al SMI vigente incrementado con el prorrateo de pagas extraordinarias, es decir, no puede ser inferior a 1.108,33 euros.
A partir del 1 de abril de 2021, si el empleador no ha declarado el salario actual ante la TGSS, se iniciarán actuaciones inspectoras de comprobación por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que pueden conllevar sanciones.
La comunicación de la variación deberá efectuarse mediante el Sistema Red a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social con certificado electrónico, cl@ve o vía SMS. Si no se dispone de medios de identificación electrónica se podrá cumplimentar el formulario a través del código QR que figura en la notificación recibida.
Para comunicaciones futuras será el empleador el responsable de comunicar cada variación que se produzca en el salario de la persona trabajadora incluso cuando la variación se deba a una actualización por normativa legal.
Como siempre, quedamos a disposición de quien pueda necesitar cualquier aclaración o trámite al respecto, pudiendo contactar con nuestro departamento Laboral en el 950251866.